El banco no le cerraba la cuenta y ahora deberá ser indemnizado por más de $700 mil

Se trata de un vecino de Roca que en 2016 solicitó el cierre de una cuenta especial.

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Un cliente bancario que sufrió falta de información y diversos perjuicios por no poder cerrar una cuenta deberá ser indemnizado por daño moral y daño punitivo, tras una sentencia de la Cámara Civil de Roca que elevó el resarcimiento al concluir que se trató de “un caso particularmente grave”.

El hombre posee una cuenta especial para viejos títulos de la deuda pública rionegrina (CEDEPIR), cuyo valor de mercado es mínimo porque están mayormente amortizados. La cuenta responde al vínculo del Banco Patagonia, como intermediario bursátil, con la Caja de Valores S.A.

En 2016, cuando el costo de mantenimiento de esa cuenta se preveía superior al valor real de los bonos depositados en ella, el titular solicitó el cierre de la misma y el desprendimiento de los bonos que ya no le interesaba poseer. Fue entonces cuando comenzó un intercambio de información confusa del banco hacia el cliente respecto de los requisitos para darla de baja.

Como en un primer momento se le informó por correo electrónico que el trámite se le realizaría rápidamente y “sin costo”, el hombre dejó de pagar las comisiones por el “mantenimiento” de la cuenta y por la “custodia de títulos valores” que mes a mes le venía cobrando el banco.

Sin embargo, ante el cese de los pagos, el banco comenzó a informar al Banco Central de la República Argentina y al registro Veraz la condición de “moroso” del cliente, llevándolo incluso a la categoría 4, es decir, de persona con “alto riesgo” crediticio.

Así figuró el hombre durante seis meses, hasta que finalmente pagó las comisiones que -según le habían informado inicialmente- no le correspondía pagar. Y si bien recuperó la mejor categoría en el registro de deudores, quedó la “mancha” en su historial financiero. Ese es uno de los fundamentos que aplicó la Cámara para elevar a 150.000 pesos la indemnización concedida por “daño moral”.

Multa elevada

Por otra parte, la Cámara elevó la condena al banco por daño punitivo, llevándola de 150.000 a 763.000 pesos más intereses, incluso por encima de lo inicialmente reclamado por el afectado en su demanda, al entender que la conducta del banco fue “una clara violación del trato digno debido al consumidor y el ejercicio sin la menor empatía de comportamientos abusivos”.