ESTAFA AL IPROSS: CONFIRMAN LAS CONDENAS CONTRA LOS CUATRO FARMACÉUTICOS

<strong>El Tribunal de Impugnaci&oacute;n de R&iacute;o Negro ratific&oacute; las condenas a un grupo de farmac&eacute;uticos de Roca por un fraude millonario al Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross). A pesar de los intentos de apelaci&oacute;n, las penas de prisi&oacute;n fueron confirmadas, y los condenados a&uacute;n tienen instancias para recurrir el fallo.</strong><br /> &nbsp;

El Tribunal de Impugnaci&oacute;n de R&iacute;o Negro ratific&oacute; las condenas a un grupo de farmac&eacute;uticos de Roca que participaron en un fraude millonario contra el Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross). Los condenados hab&iacute;an simulado ventas de medicamentos a afiliados de la obra social estatal, generando un grave perjuicio econ&oacute;mico. El fallo confirma las penas impuestas por el Tribunal de Juicio de Roca y rechaza los recursos presentados por las defensas, que hab&iacute;an intentado revertir la decisi&oacute;n.<br /> &nbsp;<br /> La exauditora del Colegio de Farmac&eacute;uticos de R&iacute;o Negro, Sandra Fasano, recibi&oacute; la condena m&aacute;s severa, con 9 a&ntilde;os y 6 meses de prisi&oacute;n por 574 estafas. Por su parte, Claudio Caffaratti fue sentenciado a 8 a&ntilde;os y 6 meses, Rodolfo Eduardo Mastandrea a 8 a&ntilde;os, y Ra&uacute;l Eduardo Mascar&oacute; a 6 a&ntilde;os y 6 meses de prisi&oacute;n, todos por su participaci&oacute;n en distintas maniobras fraudulentas.<br /> <br /> Adem&aacute;s, los condenados deber&aacute;n cumplir medidas cautelares, como el uso de tobilleras electr&oacute;nicas y la prohibici&oacute;n de salir de sus localidades de residencia. Tambi&eacute;n fueron inhabilitados por seis a&ntilde;os para ejercer la profesi&oacute;n de farmac&eacute;uticos.<br /> &nbsp;<br /> Las defensas de los imputados intentaron recurrir a varios argumentos, incluyendo la nulidad de los allanamientos y la validez de la evidencia digital. Adem&aacute;s, el defensor de Caffaratti solicit&oacute; la absoluci&oacute;n de su cliente, argumentando deficiencias en el sistema de auditor&iacute;as del Ipross.<br /> <br /> Sin embargo, el Tribunal de Impugnaci&oacute;n desestim&oacute; estos planteos y destac&oacute; la solidez de la investigaci&oacute;n y la exhaustividad del an&aacute;lisis realizado por el Tribunal de Juicio de Roca.<br /> &nbsp;<br /> El fallo fue un&aacute;nime y subray&oacute; que las pruebas demostraron de manera fehaciente la responsabilidad de los farmac&eacute;uticos en la creaci&oacute;n de un esquema de falsificaci&oacute;n de datos en el sistema del Ipross, lo que permiti&oacute; el cobro indebido de medicamentos no entregados a los afiliados.<br /> <br /> A pesar de que las defensas a&uacute;n tienen la posibilidad de recurrir a instancias extraordinarias, el Tribunal de Impugnaci&oacute;n destac&oacute; que no hubo error en la evaluaci&oacute;n de los hechos ni en la aplicaci&oacute;n de la ley.<br /> &nbsp;